Emilio Villar, Concejal en Cuauhtémoc denunció que la Alcaldesa Alessandra Rojo de la Vega incurre en promoción personalizada con recursos públicos en la realización de obra pública de la demarcación por lo que, ante su presunta responsabilidad administrativa, electoral y penal, procederá a presentar las denuncias correspondientes en la Contraloría General de la CDMX y el Instituto Electoral de la CDMX.
Al dar a conocer la campaña masiva de instalación de mantas en las 33 colonias de la Alcaldía por parte de la Alcaldesa Alessandra Rojo de la Vega para promocionar “Una Obra al Día” en las que aparece su nombre acompañado del eslogan: “Cuauhtémoc late como nunca”, cuestionó el que esté más interesada en promocionarse que en atender los problemas de Cuauhtémoc.
Así que, ante el posible uso indebido de recursos públicos, desvío de los mismos y abuso de funciones, sustentados en los artículos 54, 57 y 71 de la Constitución Política de la CDMX, el Concejal Emilio Villar anunció que este jueves presentará ante la Contraloría General de la CDMX la denuncia contra la Alcaldesa Alessandra Rojo de la Vega. Sostuvo que la Constitución antes citada establece la prohibición de uso de programas públicos para promoción personal, así como el uso de recursos materiales (lona, impresión, colocación, logística) con finalidad de posicionamiento personal.
Emilio Villar, indicó que, en materia electoral, la titular de la Alcaldía Cuauhtémoc comete un delito con la promoción personalizada como servidora pública y el uso indebido de recursos públicos con fines político-electorales.
Señaló que lo anterior se sustenta en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 134, párrafo octavo relativo al principio de imparcialidad y prohibición de promoción personalizada así como en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales donde en su artículo 449 se establecen las infracciones de servidores públicos.
Además, dijo, que de acuerdo con los criterios del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación está prohibido la inclusión de nombre, imagen o elementos identificables de un servidor público pues hacerlo es igual a promoción personalizada, así como el hecho de usar el nombre visible vinculado a acción gubernamental ya que se rompe con la neutralidad institucional.














